martes, 23 de mayo de 2017

BOLETÍN 9010


BOLETIN 9010
REVISIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

Introducción

El propósito de esta norma para trabajos de revisión (NR) es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre las responsabilidades profesionales del Contador Público cuando éste, no siendo el auditor de una entidad, lleva a cabo un trabajo para revisar estados financieros.

Esta NR está dirigida a la revisión de estados financieros integrales, y no de un estado financiero individual o de un componente del mismo.

Objetivo de un trabajo de revisión

El objetivo es permitir a un Contador Público declarar si, sobre la base de procedimientos que no proporcionan toda la evidencia que se requeriría en una auditoría, algo ha llamado a su atención que le haga creer que los estados financieros no están preparados, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco contable aplicable.

Principios generales de un trabajo de revisión

El Contador Público debe cumplir con el código de ética profesional, los principios fundamentales que gobiernan las responsabilidades profesionales del Contador Público hacia la sociedad y a quien patrocina sus servicios son:

a)   Integridad;
b)   Objetividad;
c)    Diligencia y competencia profesional;
d)   Confidencialidad;
e)   Secreto profesional;
f)     Comportamiento profesional

Alcance de una revisión

Se refiere a los procedimientos de revisión que se consideren necesarios en las circunstancias para lograr el objetivo de la misma. Los procedimientos requeridos para llevar a cabo una revisión de estados financieros deben ser determinados por el Contador Público tomando en cuenta los requerimientos de esta NR, los de los órganos profesionales, la legislación, la regulación, que sean relevantes y, en lo que sea apropiado, los términos del trabajo de revisión y los requerimientos de sus informes.

Seguridad moderada

Un trabajo de revisión proporciona un nivel moderado de seguridad de que la información sujeta a revisión está libre de errores importantes; esto se expresa en la forma de una aseveración negativa.

Términos del trabajo

El Contador Público y el cliente deben acordar los términos del trabajo. Los términos acordados deben documentarse en una Carta Convenio u otra forma adecuada, como puede ser un contrato.

Entre los asuntos que se incluirían en la Carta Convenio están los siguientes:
  • El objetivo del servicio que será realizado.
  • La responsabilidad de la administración por los estados financieros.
  • El alcance de la revisión, incluyendo referencia a esta NR.
  • Acceso sin restricción a cualesquier registros, documentación y otra información solicitada en conexión con la revisión.
  • Un ejemplo del informe que se espera se rendirá.
  • El hecho de que no puede dependerse del trabajo para descubrir errores, actos ilegales u otras irregularidades.
  • Una declaración de que no se está realizando una auditoría de estados financieros y de que no se expresará una opinión de auditoría. 
Planeación

El Contador Público debe planear el trabajo, de manera que se ejecute un trabajo efectivo.
Al planear una revisión de estados financieros, el Contador Público debe obtener o actualizar el conocimiento del negocio, incluyendo la consideración de la organización de la entidad, sistemas contables, características de operación y la naturaleza de sus activos, pasivos, ingresos y gastos.

Trabajo realizado por otros

Cuando el Contador Público use el trabajo realizado por otro Contador Público o por un experto, debe quedar satisfecho de que dicho trabajo sea adecuado para los fines de la revisión.

Documentación

El Contador Público debe documentar los asuntos que son importantes para proporcionar evidencia que sustente el informe de revisión, y la evidencia de que la revisión fue llevada a cabo de acuerdo con esta NR.

Procedimientos y evidencia

El Contador Público debe aplicar su juicio para determinar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de revisión. El Contador Público se guiará por asuntos tales como los que se indican a continuación:
  • Cualquier conocimiento adquirido al realizar auditorías o revisiones de los estados financieros de periodos anteriores.
  • El conocimiento del negocio, que tiene el Contador Público, incluyendo conocimiento de las normas y prácticas contables de la industria en la que opera la entidad.
  • Los sistemas contables de la entidad.
  •  El grado en el cual una partida particular es afectada por el juicio de la administración. 
  • La importancia relativa de las transacciones y los saldos de las cuentas.
El Contador Público debe investigar sobre eventos posteriores a la fecha de los estados financieros, que puedan requerir ajustes o revelación en los estados financieros. El Contador Público no tiene ninguna responsabilidad de realizar procedimientos para identificar eventos que ocurran después de la fecha del informe de revisión.

Conclusiones e informes

El informe de revisión debe contener una clara expresión escrita de una aseveración negativa. El contador público debe revisar y evaluar las conclusiones extraídas de la evidencia obtenida, como la base para la expresión de la aseveración negativa.

El informe sobre una revisión de estados financieros debe contener los siguientes elementos básicos, generalmente en el siguiente orden:

a)   Un título.
b)   El destinatario.
c)    Un párrafo introductorio incluyendo:
d)   Un párrafo de alcance, describiendo la naturaleza de una revisión, que incluya:
e)   Una aseveración negativa.
f)     La fecha del informe.
g)   La dirección del contador público.
h)   La firma del Contador Público.

Vigencia

Esta NR entra en vigor a partir del 1 de enero de 2011. Se permite la adopción anticipada de esta NR.


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